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Apoyan:
COMISIÓN DIRECTIVA

PRESIDENTE
Ruben Cano

Vicepresidente
Alvaro Masner

Secretario
Gastón Thieulent

Tesorero
Walter Willebald

Vocal
Marcelo Perez

 
   
  Reglamento de la Biblioteca
   
 

1. Los socios de IPMS Uruguay tienen derecho al uso del material de la biblioteca de acuerdo a las condiciones establecidas en los numerales 2 al 7.

2. Para acceder al material, los socios deben cumplir los siguientes requisitos:

A) Tener más de un año de antigüedad en el padrón social.
B) Estar al día con la cuota social. (No se exige el mes en curso)

3. Préstamos en sala

Los socios pueden solicitar no más de un título a la vez para su consulta en sala, el cual deberá ser devuelto personalmente al encargado de biblioteca en el horario habilitado.

4. Préstamos a domicilio

Los socios pueden solicitar hasta tres títulos a la vez para préstamo a domicilio por un plazo máximo de tres semanas; concluido el mismo, el material deberá ser devuelto.
Si el material que se devuelve no ha sido reservado, el socio podrá renovar el préstamo en las mismas condiciones.

5. Excepciones

El material de suscripción como las revistas, etc. que contenga información de actualidad o perecedera, será prestado sólo por una semana.
La comisión directiva podrá mantener en reserva y sólo para consulta en sala, cualquier título o material de elevado valor o difícil reposición.

6.Retiro del material

Al ser solicitado un título, el encargado de la biblioteca y el interesado verificarán el estado del mismo, e igualmente lo harán en el momento de la devolución.
En los préstamos a domicilio se registrará:

A) Título del ejemplar.
B) Fecha del préstamos.
C) Nombre del solicitante.

7. Sanciones por incumplimiento

A) La devolución de un título con atraso, sin aviso o justificación ante el encargado de la biblioteca, tendrá una sanción de un mes de suspensión de los derechos bibliotecarios por cada semana de atraso.
B) Transcurridos dos meses de atraso, en la devolución, se podrá presumir extravío del material, y en consecuencia se aplicarán las medidas correspondientes.
C) El socio que extravíe un ejemplar deberá abonar su valor de reposición en el plazo de un mes.
D) El socio que devuelva un ejemplar dañado tendrá, dependiendo de la entidad del daño, una suspensión de seis meses a un año de sus derechos bibliotecarios o la obligación de abonar su valor de reposición en el plazo de un mes.
E) En casos de reincidencia o flatas graves no previstas en el presente reglamento, se dará intervención a la comisión directiva y se habilitarán las acciones previstas en los estatutos de la institución.

 

 

IPMS Uruguay
Eduardo Acevedo 1120 (Jueves 20:30)
e-mail: info@ipmsuruguay.com

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